?

Scroll Down

UN PROYECTO DE

VAMOS CON TU FUTURO

Desmontando objeciones sobre los planes de pensiones de empleo

Antonio Bret

Compartir

Arantza Barrera, directora de Negocio de Ibercaja Pensión

Los planes de pensiones de empleo ofrecen numerosas ventajas y beneficios fiscales tanto para las empresas como para sus empleados. Sin embargo, el desconocimiento de este tipo de productos de ahorro a largo plazo para la jubilación puede provocar la existencia de algunos falsos mitos. Ante cualquier duda, lo más recomendable es consultar con expertos.

Ibercaja Pensión, con 35 años de experiencia en la gestión del ahorro para la jubilación, es la tercera gestora nacional en gestión de planes de empleo. Arantza Barrera, su directora de Negocio, nos ayuda a desmontar las objeciones sobre los planes de pensiones de empleo y aclarar todas las dudas con su conocimiento en esta entrevista.

1.  Un  plan de empleo es un instrumento de política retributiva. La empresa realiza aportaciones, pero el trabajador no podrá acceder a ese dinero hasta la jubilación o en situaciones especiales como incapacidad, enfermedad grave o desempleo. ¿No es mejor una subida salarial? 

Respuesta: En realidad, se trata de un salario diferido, que no tributa hasta el momento del cobro. Los planes de empleo ayudan a constituir un hábito de ahorro y están pensados para complementar las pensiones públicas futuras, que previsiblemente serán de menor importe que las actuales. 

Por algo es el beneficio social más valorado tras el seguro médico. Además, es una forma de recompensar a la plantilla y también de atraer talento. 

2. ¿Los trabajadores que ya tengan contratado uno o incluso varios planes de pensiones individuales podrían no valorarlo? 

Respuesta:  No solo son compatibles, sino que el plan de empleo permite una mayor desgravación fiscal. Con uno o varios planes de pensiones individuales, el trabajador puede desgravarse hasta cierto límite en la declaración de la renta, que es de 1.500 euros. Pero solo con un plan de empleo podrá desgravarse por encima de ese límite. En concreto, hay un incremento adicional de 8.500 euros. 

En todo caso, la empresa debe ofrecerlo a toda la plantilla y, si algún trabajador no quiere, no impide su implantación para el resto. Tampoco hay obligación de compensar con otro beneficio a quien no lo quiera. 

Una de las ventajas de los planes de empleo de promoción conjunta es la simplificación de los trámites de contratación y gestión.

/**columna-medio*/

Los planes de empleo ayudan a constituir un hábito de ahorro y están pensados para complementar las pensiones públicas futuras, que previsiblemente serán de menor importe.

Contar con un buen asesoramiento puede ayudar a minimizar el impacto fiscal

Planes de Pensiones de Empleo

3. Pero, una vez llegado el momento de la jubilación, ¿no tendrá un gran impacto fiscal en los trabajadores?

 

Respuesta:  Cualquier plan de pensiones tributa cuando se rescata. Puede hacerse de diferentes maneras, en forma de capital, en forma de renta periódica para complementar la pensión pública o también se puede optar por una fórmula mixta: una parte en capital y otra en rentas periódicas.

Tributa como rendimientos del trabajo y, en función de la cantidad que rescate el trabajador, tributará en un tramo u otro del IRPF.

Contar con un buen asesoramiento sobre cuándo y cómo rescatar el plan puede ayudar a minimizar el impacto fiscal.

 

4. ¿Qué ocurre si termina la relación del trabajador con la empresa? 

 

Respuesta:  El saldo del plan de pensiones de empleo pertenece al trabajador. 

Si finaliza la relación laboral, el trabajador puede mantener el plan como está y la empresa dejará de realizar aportaciones. 

También en caso de que termine la relación laboral el trabajador podría traspasar el saldo a otro plan de pensiones si así viene recogido en las condiciones del plan.

El objetivo es que en 2030 al menos la mitad de los trabajadores tengan un plan de empleo

Planes de pensiones de empleo

5. ¿Ofrecer un plan de empleo a toda la plantilla podría ser un lastre para los números de la empresa? 

 

Respuesta:  Los planes de pensiones de empleo son un instrumento de política retributiva con menores costes financieros que un incremento de sueldo en la misma cuantía, ya que ese aumento no está sujeto a retención a cuenta de IRPF. 

Además de las deducciones correspondientes en el impuesto de sociedades, los primeros 135,29 euros mensuales aportados por la empresa a cada trabajador no cotizan a la Seguridad Social.

Por otro lado, el compromiso de aportar a los planes de los empleados es flexible. Se puede ligar a beneficios o suspender siempre que esté pactado con los trabajadores y recogido en las condiciones del plan.

 

6. ¿Es difícil de implantar?

 

Respuesta:  No, todo lo contrario. Una de las ventajas de los planes de empleo de promoción conjunta es la simplificación de los trámites de contratación y gestión. 

De hecho, facilitar la gestión y aumentar los límites en las aportaciones son medidas que ha tomado el Gobierno para impulsar la implantación de los planes de empleo en España y equipararnos a otros países europeos.

El objetivo es que en 2030 al menos la mitad de los trabajadores españoles tengan un plan de empleo con el que ahorrar para su jubilación. 

“Vamos con tu futuro. Saber más para decidir mejor” es un proyecto de Ibercaja, el Banco del Vamos, con información de interés para la toma de decisiones financieras. Más información en este enlace https://vamoscontufuturo.ibercaja.es/. Además, acompaña durante todo el proceso de constitución del plan de empleo, llevando a cabo un análisis pormenorizado de las necesidades de las empresas y ofreciéndoles la propuesta que mejor se adapte al negocio y a su modelo de gestión. Desarrollamos este proyecto para Ibercaja a través de un formato visual, explicativo y dinámico.  Coordinación: Jaime Muñoz, Pablo Martinez-Pardo. Diseño UI y Dirección de Arte : Alessandro Marra. Maquetación: Susana Gonzalez, Gonzalo Cachón. Producción: Content Factory

// JavaScript Document